El Uso del Palangre o Espinel (long line) en las Islas Galápagos

0
2920

CEDENMA

Grupo de Trabajo Océanos, Costas e Islas (OCeI)
Coordinador: Arturo Izurieta Valery, PhD
Con contribuciones de Sofia M. Green I, BSc
Abril 2021

El Uso del Palangre Pelágico o Espinel (long line) en las Islas Galápagos

El Uso del Palangre Pelágico o Espinel (long line) en las Islas Galápagos El palangre pelágico (oceánico) empezó a ser utilizado fuertemente en el mundo desde la década de los 80s. Es un arte de pesca que flota y es utilizado para pescar especies de altura (como atunes, peces espada, dorados y picudos), los cuales son comercialmente apetecidos. Este arte permite la posibilidad de que los pescadores puedan acercarse a las especies e incrementar cantidades de pesca alterando algunos elementos como área de pesca, profundidad, estación o tiempo del día, carnada, profundidad del reinal, tamaño y estilo de anzuelo (Hoey, 1996).

Según Crowder y Myers (2002) cada día los mares soportan más de 5 millones de anzuelos en más de 100 mil millas de línea palangrera alrededor del mundo. El palangre pelágico es poco selectivo en cuanto a las especies capturadas y se mueve conforme las corrientes marinas sobre las cuales son utilizados. La mayoría de peces no-target capturados están muertos, y si están vivos y retornados al mar, la probabilidad de que sobrevivan es baja. Este arte captura muchas especies en peligro de extinción como tortugas, albatros y tiburones; incluyendo tiburones costeros (Crowder y Myers, 2002).

De 1997 al 2003, se han realizado varios experimentos con el uso del palangre en la Reserva Marina Galápagos (RMG), los cuales registraron un 35-78% de pesca incidental, por lo cual se prohibió el uso del palangre modificado conforme los estudios realizados. Uno de estos estudios exploratorios fue realizado por el Instituto Nacional de Pesca (INP) en el 2001 llamándolo “palangre de media agua” (INP, 2001). En el 2003 se realiza el estudio conocido como “Plan Piloto de Pesca de Altura” para evaluar el nivel de pesca incidental utilizando el palangre de media agua. Este estudio fue contundente en demostrar el alto número de especies no objetivo, con alta incidencia en la captura de varias especies de tiburones, manta rayas, tortugas marinas y otros especies no objetivo (Murillo et al., 2004). Después de estos estudios se prohibió el uso de este arte hasta el 2006, año en que el sector pesquero artesanal propuso un estudio de palangre de aguas más profundas, llegándose a concretar dicho estudio en el 2011 cuando la entonces Junta de Manejo Participativo de la RMG decidió aprobar su ejecución buscando que la investigación arroje recomendaciones para su uso de manera sostenible. Este estudio imponía un porcentaje máximo de 10% de pesca incidental si habría de ser considerado sostenible el uso del palangre de media agua en la RMG. Dicho porcentaje alcanzó el 11.25% por lo que el uso de dicho arte fue prohibido (DPNG, 2014; Ortega, 2015). Discrepancias sobre el cálculo de estos valores de pesca incidental fueron presentados por la Cooperativa de Producción Pesquera Artesanal de Galápagos (COPROPAG), quienes por su cuenta reportaron un valor del 8.93% (COPROPAG, 2014). Una vez más, el uso de este arte fue prohibido.

Nuevamente, y como consecuencia del irrumpido proceso participativo de zonificación de la RMG iniciado en el 2014 debido a la creación unilateral por parte de la Presidencia de la República y del Ministerio del Ambiente, del área de Santuario Marino, el sector pesquero artesanal de Galápagos solicitó se viabilice otro estudio llamado “Evaluación de artes de pesca experimentales para la captura sostenible de peces pelágicos grandes en la RMG”, para lo cual la DPNG otorgó el permiso de investigación respectivo al Instituto Nacional de Pesca (hoy IPIAP), el cual se realizaría en dos fases y probando dos artes de pesca experimentales: Empate Oceánico Unificado o Espinel Horizontal; y Empate Oceánico de Profundidad/Espinel Vertical (DPNG, CGREG, IPIAP, Sector Pesquero Artesanal, 2018).

Actualmente existe la prohibición del uso del arte de pesca palangre (long-line) o espinel en la RMG mediante Registro Oficial 009, 2005 de la Autoridad Institucional de Manejo (AIM) de aquel entonces y ratificado en el Reglamento Especial de la actividad pesquera (R.O 483, 2008) en su Disposición General Vigésima Primera (IPIAP, 2020). Sin embargo, su uso sólo se puede dar si éste es sujeto de investigación. Sin embargo, aunque la norma prohíbe su uso, éste es autorizado únicamente si el arte prohibido es sujeto de investigación (Art 59 Reglamento Pesca en la RMG).

El estudio “Evaluación de artes de pesca experimentales para la captura sostenible de peces pelágicos grandes en la RMG” autorizado en el 2016 para su ejecución por parte del INP (hoy IPIAP) ha completado su Fase 1, cuyo informe fue finalizado y comunicado oficialmente por el INP en junio del 2018. Por motivos varios, la socialización de la Fase 1 no se dio sino hasta Julio del 2020 en media pandemia, como parte de un pedido del sector pesquero artesanal de Galápagos y grupos sociales como respuesta a los efectos de la pandemia del COVID-19. Con este pedido, se esperaba que el IPIAP (antes INP) una vez “aprobada” la realización de la Fase 1, a pesar de cuestionamientos de sus resultados (ej, disminución en más del 60% de los lances propuestos metodológicamente; de la disminución de las embarcaciones propuestas; de la ausencia de observadores pesqueros en los viajes y siendo reemplazados por los pescadores mismos), la ejecución de la Fase 2 fue exhortada al IPIAP. El IPIAP decidió no arrancar con la investigación de la Fase 2 hasta después de un año con el fin de darle tiempo para conseguir financiamiento y asegurar que lo propuesto pueda tener lo requerido.

En vista de la imposibilidad del IPIAP de llevar a cabo la Fase 2 en la cual debían participar pescadores artesanales, observadores de pesca, entre otros, y con el justificativo de que el sector pesquero se encontraba en limitaciones económicas por el COVID-19, el sector propuso la creación de un Plan de Reactivación Económica Pesquera utilizando el Palangre Modificado/Unificado cuya investigación no se encuentra finalizada (Fase 1 finalizada con resultados cuestionados y Fase 2 postergada). Las Autoridades (Consejo de Gobierno de Galápagos, Dirección del Parque Nacional Galápagos (DPNG), Instituto Público de Investigación de Acuacultura y Pesca (IPIAP) se comprometieron a ser parte de la realización de dicho Plan. El documento oficial de este Plan, se asemeja en parte a lo propuesto en la Fase 2, con variaciones en cuanto al número de embarcaciones, pescadores, número de anzuelos (aumentados de 50 a 100), acuerdos, participantes y normas a ser cumplidas. Este documento fue elaborado por la DPNG. Aunque CEDENMA pidió oficialmente y por medio de un Juez información solicitada a la DPNG que tardó mucho en ser entregada, ésta adolece de claridad y registra muchas debilidades (informes, ayudas memoria y acuerdos sin firma de responsabilidad, etc). Un elemento que llama la atención es aquel dónde la autoridad del Parque Nacional Galápagos, es parte proponente tanto de las fases de investigación del uso de dicho arte como del Plan de Reactivación Económica Pesquera. Nos preguntamos si quien debe velar porque lo que autoriza se ejecute de la mejor manera, es juez y parte. Si hubiere una ilegalidad o un incumplimiento de dicha investigación o Plan, acaso no habría un conflicto de intereses para la autoridad ambiental envestida en la Dirección del Parque Nacional Galápagos?

CEDENMA cuestiona fuertemente la viabilidad de implementar el uso de un arte que evidencia afectación a la vida marina, mucha de ella protegida por Convenciones Internacionales de las cuales el Ecuador es signatario como la Convención de la Biodiversidad, Acuerdo de Especies Migratorias, Convención de Patrimonio Mundial, incluyendo la Constitución de la República. Más aún, cuestiona que bajo la sombrilla de un Plan de Recuperación Económica Pesquera por el COVID-19 se justifique su uso utilizando procedimientos y justificativos técnicos y jurídicos poco claros que apuntan a un incumplimiento de la norma vigente.

Científicamente se ha demostrado por varias ocasiones que las modificaciones estudiadas en el palangre oceánico sigue capturando especies en peligro de extinción y o protegidas en cantidades no aceptables (Cerutti-Pereyra et al 2020). Para ahondar el problema, especies como lobos marinos, pelícanos, tortugas, tiburones, rayas aparecen expuestas sean vivas o muertas, con anzuelos y restos de línea de pesca, en sitios de visita ecoturístico de tierra y buceo en el Parque Nacional y la Reserva Marina Galápagos.

Estudios de la Fundación Charles Darwin y otras organizaciones como WWF y Conservación Internacional coinciden en que el sector pesquero artesanal de Galápagos requiere de atención permanente y que el Estado debe enfocar su estrategia para darle valor agregado a las pesquerías actuales, trabajando en certificaciones y sello de origen que promuevan la pesca con artes menos dañinos a la naturaleza. Los mercados para compra de especies como el atún de aleta amarilla, pez espada o picudo bajo condiciones ambientales aceptables y reconocidas han sido identificados.

CEDENMA considera que las pesquerías artesanales de Galápagos siguen siendo un sector atendido en parches, sin consistencia ni constancia por parte del Estado. La RMG es un Patrimonio Natural Mundial y la actividad extractiva de la pesca merece especial atención de las Autoridades y de todos, si hemos de lograr mantener la integridad de los valores universales únicos que el Ecuador se ha comprometido mundialmente a cuidar.

Bibliografía

Cerutti-Pereyra, F., Moity, N., Dureuil, M., Ramírez-González, J., Reyes, H., Budd, K., Marín Jarrín, J., & Salinas-de-León, P. (2020). Artisanal longline fishing the Galapagos Islands –effects on vulnerable megafauna in a UNESCO World Heritage site. Ocean & Coastal Management, 183, 104995. https://doi.org/10.1016/j.ocecoaman.2019.104995

COPROPAG (2014). Análisis del informe técnico de la pesca de altura con arte de pesca “Empate Oceánico Modificado” en la Reserva Marina de Galápagos emitido por la Dirección del Parque Nacional Galápagos y sobre la caracterización del arte de pesca con líneas y anzuelo para la pesca de altura en la Reserva Marina de Galápagos: 39 pp.

Crowder L & R Myers 2002. A Comprensive Study of the ecological Impacts of the Woldwide Pelagic Longline Industry. First Annual Report to the Pew Charitable Trusts. 2001. Philadelphia, PA. 146 pp.

Dirección del Parque Nacional Galápagos. (2014). Plan Piloto de Pesca de Altura con arte de Pesca “Empate Oceánico Modificado” en la Reserva Marina de Galápagos. Comisión Técnica Interinstitucional integrada por: Harry Reyes, Jorge Ramírez, Pelayo Salinas, Gonzalo Banda, William Tite, Gonzalo Sevilla y Willan Revelo. Noviembre 2012 a noviembre 2013. Puerto Ayora, isla Santa Cruz- Galápagos, Ecuador. 36 pp.

Dirección Parque Nacional Galápagos, Consejo de Gobierno del Régimen Especial de Galápagos, Instituto Nacional de Pesca, Ministerio de Acuacultura y Pesca, Sector Pesquero Artesanal de Galápagos (Junio, 2018). Informe Técnico Anual Proyecto: “Evaluación de Artes de Pesca Experimentales para la Captura Sostenible de Peces Pelágicos Grandes en la Reserva Marina de Galápagos.” Mayo – Diciembre 2017; Enero- Abril 2018. Fase 1 (año 1).

Hoey J.J 1996. Bycatch in western Atlantic Pelagic Longline Fisheries. pp 193–203. En Solving Bycatch: Considerations for today and tomorrow. Alaska Sea Grant College Programme Report 96–03. 322 pp.

Instituto Nacional de Pesca (2001). El uso del palangre en la Reserva Marina de Galápagos: Propuesta para 4 la realización de un estudio de impacto ambiental.

Instituto Público de Investigación de Acuicultura y Pesca. (Octubre, 2020). Propuesta de Investigación “evaluación de artes de pesca experimentales para la captura sostenible de peces pelágicos grandes en la reserva marina de galápagos.” Fase II. “Evaluación del empate oceánico unificado de 50 anzuelo-EOU/Espinel horizontal de media agua para la captura sostenible de peces pelágicos grande en la Reserva Marina de Galápagos”.

Murillo JC, Reyes H, Zárate P, Banks S. y Danulat E. (2004). Evaluación de la captura incidental durante el Plan Piloto de pesca con Palangre en la Reserva Marina de Galápagos. Fundación Charles Darwin y Servicio Parque Nacional Galápagos, Santa Cruz, Galápagos, Ecuador.

Ortega, WMT. (2015). Plan piloto experimental para la pesca de altura de especies pelágicas con el arte de pesca “Empate Oceánico Modificado” en la Reserva Marina de Galápagos. Tesis de Grado. Universidad de Guayaquil. Facultad de Ciencias Naturales. Escuela de Biología.

Deja un comentario