La Coordinadora Ecuatoriana de Organizaciones para la Defensa de la Naturaleza y el Ambiente [CEDENMA] organismo de representación de las organizaciones ambientalistas del Ecuador, apoya los esfuerzos de conservación de la Naturaleza que se realizan en el cantón Pedro Vicente Maldonado, en el Noroccidente de Pichincha. La iniciativa de un grupo de propietarios, moradores y residentes está planteando la creación de un Área Protegida Municipal en el cerro Mangaloma y área circunvecina (entre los ríos Pitzará y San Dimas), el único cerro alto de toda la zona, última elevación de los declives occidentales de la cordillera andina, y lugar especial y único por conservar florestas nativas, y ser por ello punto clave del ciclo hídrico de la región.
La iniciativa ha sido acogida por el Alcalde y el municipio de Pedro Vicente Maldonado y apoyada por otras organizaciones de la zona y nacionales. Los trabajos para iniciar el proceso de declaratoria han empezado, y este momento se está haciendo un levantamiento topográfico.
Sin embargo, la tala del bosque nativo de una parte del cerro, con papeles y autorización del Ministerio del Ambiente, motivó el rechazo y la preocupación de quienes apoyan la iniciativa. El municipio local diligentemente quiso detener la tala pero se topó con la sorpresa de que aparentemente la acción estaba respaldada en términos legales. La alcaldía, entonces, dirigió oficio al Ministerio de Ambiente, comunicándole que el área del cerro va a ser declarada Área Protegida Municipal, y pidiendo que los funcionarios del Ministerio se abstengan de emitir licencias de aprovechamiento forestal en el área. Lo curioso o sorprendente del caso, es que esa solicitud fue derivada a la misma funcionaria que emitió los permisos para que la tramite.
CEDENMA advierte a las nuevas autoridades nacionales del Ministerio del Ambiente de este caso en particular, y solicita investigar la emisión de las autorizaciones de aprovechamiento forestal, pues la solicitud del propietario con el cumplimiento de requisitos no basta para que esa emisión se dé, sino que deben cumplirse condicionantes técnicos. Es decir, ver no sólo formalidades sino su pertinencia técnica ambiental. El área autorizada para tal tala es montañosa, de declive, por tanto, de riesgo, pero lo más importante: es una zona de condensación y recarga de acuíferos, por ello nunca debieron emitirse tales autorizaciones, pues el área es frágil; y, por ende, está sujeta a regulación e incluso, a LIMITACIONES AL DOMINIO, de acuerdo al art. 406 de la Constitución.
CEDENMA, al tiempo que felicita al Municipio de Pedro Vicente Maldonado por este importante emprendimiento ambiental, invoca al MAE a investigar sobre el caso señalado (y si amerita, sancionar a los responsables) y apoyar al municipio para el logro del objetivo trazado, que beneficiará a todos los habitantes del cantón y a la conservación de la biodiversidad de la región.